Nueva normativa argentina contra la pesca ilegal
El 3 de febrero de 2026 se oficializó la Disposición 20/2026, una norma que permite multar a buques pesqueros extranjeros sin necesidad de abordarlos. La autoridad responsable es la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca, bajo la dirección de Juan Antonio López Cazorla. La norma se basa en el uso de datos AIS satelitales como prueba irrefutable de actividad pesquera.
Cómo funciona la medida y por qué se implementó
Según el artículo 1, se considera infracción navegar a ≤6 nudos dentro de la Zona Económica Exclusiva (ZEE) argentina y ejecutar patrones de desplazamiento típicos de pesca. Para los buques poteros, principalmente de origen asiático, el umbral se reduce a ≤2 nudos. La regla responde al enorme tamaño de la ZEE, que supera 1 millón km², más del doble de la superficie de la península ibérica, y a la imposibilidad de patrullarla con barcos o aviones.
«Ya no tienen que cazarlos in situ, no es preciso apresar el barco. Es irrefutable», explican fuentes del sector pesquero en Mar del Plata. Los datos AIS se analizan telemáticamente; cuando un buque muestra la velocidad y la trayectoria indicadas, se genera automáticamente una infracción.





