Permiso laboral de 4 días pagado
El sentencia 416/2026, dictada el 17 de abril de 2026, obliga a todas las empresas a retribuir hasta 4 días al año por ausencias por motivos familiares urgentes, aunque el convenio colectivo no lo mencione.
La decisión sigue a una demanda presentada por los sindicatos USO, CIG y CGT ante la Audiencia Nacional en febrero de 2024.
El fallo permite a los empleados solicitar permiso remunerado para emergencias como acudir al hospital, atender incidentes escolares o acompañar a un familiar en caso de accidente. Los 4 días equivalen a 96 horas anuales y pueden disfrutarse en jornadas completas o fraccionarse en horas, siempre que no se sobrepase el límite.
Las compañías deben adaptar sus sistemas de nómina para aplicar el derecho desde la siguiente nómina. Los empleadores que ignoren la sentencia podrían enfrentar multas de hasta €30,000 por infracción.
Derecho laboral
El sustento legal se halla en el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores, que establece el derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por causas previstas, equivalentes a , siempre que el trabajador acredite el motivo.





