Vista judicial sobre la residencia del menor británico en Alicante

El 16 de junio la Sección de lo Contencioso‑Administrativo del Tribunal de Instancia de Alicante celebrará la audiencia que decidirá sobre la solicitud de residencia del menor británico de 7 años nacido en España. La Oficina de Extranjería de Alicante había rechazado la autorización al considerar insuficientes los recursos económicos de su madre, J.A.M.B., residente legalmente desde 2019 bajo el Acuerdo de Retirada entre la UE y el Reino Unido.

El niño, diagnosticado con Trastorno del Espectro Autista (TEA), está escolarizado en l'Alfàs del Pi y necesita apoyo educativo y sanitario continuo. La familia, representada por el abogado Álvaro Vico, comparecerá ante el juzgado para impugnar la resolución administrativa y solicitar la revocación de la denegación.

Motivos de la denegación y argumentos legales del caso

Extranjería basó su decisión en la normativa de residencia para ciudadanos comunitarios, que exige la demostración de recursos económicos suficientes para el solicitante y sus familiares. Según el informe, los ingresos declarados por la madre no alcanzaban el umbral exigido para la obtención de la tarjeta de residencia del menor.

La defensa sostiene que la normativa se aplicó de forma errónea porque el menor deriva su situación jurídica directamente de su madre, quien ya está protegida por el Acuerdo de Retirada. "Lo que estamos discutiendo en este procedimiento no es únicamente una autorización de residencia, sino si la administración puede ignorar un derecho reconocido por el propio Acuerdo de Retirada entre la Unión Europea y el Reino Unido, aplicando requisitos que, a nuestro juicio, no resultan exigibles en este caso", explica Vico.

El argumento central es que los requisitos económicos previstos para solicitantes de primera vez no deben trasladarse al menor cuya condición depende de la titularidad de la TIE de su madre. La defensa también subraya que la resolución administrativa no valoró adecuadamente la necesidad de apoyo especializado del niño, ni la estabilidad familiar y la integración social que la documentación aportada demuestra.

Posibles desenlaces y repercusiones para la familia

Si el tribunal estima que la denegación vulnera el Acuerdo de Retirada, podría ordenar la revocación de la resolución y conceder la residencia al menor, garantizando su acceso a los servicios educativos y sanitarios que requiere. En caso contrario, la familia tendría la opción de presentar un recurso contencioso‑administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, prolongando el proceso.

Paralelamente, la familia ha interpuesto una queja ante el Síndic de Greuges para que investigue la falta de respuesta de la administración educativa ante los informes médicos que acreditan las necesidades específicas del niño. Una resolución favorable del Síndic podría obligar a las autoridades a proporcionar los apoyos educativos y sanitarios solicitados.

Los posibles escenarios son, por tanto, tres: (1) el tribunal anula la denegación y el menor obtiene la residencia; (2) la denegación se mantiene y la familia recurre a instancias superiores; (3) el Síndic de Greuges emite una recomendación que, aunque no vinculante, presiona a la administración para adaptar su respuesta.

En cualquier caso, la decisión sentará un precedente sobre la aplicación del Acuerdo de Retirada a menores derivados de ciudadanos británicos con residencia legal, y podría influir en futuros casos similares en toda España.

Qué implica para los lectores

El caso pone de relieve la complejidad de la normativa de extranjería tras el Brexit y la importancia de los derechos adquiridos bajo acuerdos internacionales. Para las familias extranjeras residentes en España, la resolución será una señal clara de cómo se interpretan los requisitos económicos cuando el solicitante es un menor dependiente. Además, la atención a la condición de TEA del niño subraya la necesidad de que las administraciones consideren las circunstancias personales al aplicar criterios genéricos.

Los lectores deben estar atentos a la evolución del proceso, ya que cualquier cambio legislativo o jurisprudencial derivado de este caso podría afectar a cientos de residentes británicos que, como la familia de J.A.M.B., dependen del Acuerdo de Retirada para su estabilidad en España.

María Jose Madrid Gómez
María Jose Madrid Gómez

Corresponsal Política

Periodista política con más de 15 años de experiencia cubriendo el Congreso de los Diputados.

¿Te ha gustado este artículo?

Suscríbete a nuestro boletín y recibe las mejores noticias en tu correo cada día.

Al suscribirte aceptas nuestra política de privacidad