Resumen de la decisión judicial

La jueza del juzgado de Montoro ha rechazado la solicitud de Ouigo España para personarse en la causa del accidente ferroviario ocurrido en Adamuz el 18 de enero de 2026, que dejó 46 fallecidos. La resolución, dictada este jueves, indica que la empresa no es perjudicada directa del siniestro y, por tanto, no cumple los requisitos para intervenir como parte interesada.

Detalles de la resolución y próximos pasos legales

En la diligencia, la magistrada señaló que "al no ser perjudicado directo del accidente" la personación no procede. Sin embargo, instruyó a Ouigo a ejercer su derecho a reclamar, si lo estima oportuno, los perjuicios que le pudieran haber causado a través de la vía correspondiente. La empresa dispone de tres días hábiles para presentar un recurso de reposición ante la misma oficina judicial, contados a partir del día siguiente a la notificación.

Cualquier escrito que pretenda incorporarse a la pieza separada de "Acusación Particular de Víctimas y Perjudicados" deberá dirigirse a la pieza "Otros incidentes"; de lo contrario, el programa de gestión informático lo rechazará automáticamente.

Instrucciones para el recurso de reposición

El recurso de reposición debe presentarse por escrito, describiendo los motivos por los que Ouigo considera que su exclusión es improcedente. La solicitud será evaluada por la misma jueza, quien podrá confirmar la decisión o autorizar la personación de la empresa en la causa. Mientras tanto, los procedimientos contra los responsables del accidente continúan sin la participación directa de Ouigo.