Sentencia de la Audiencia Provincial
La sala de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado sentencia el pasado lunes 20 de abril, confirmando que la expresión "secta religiosa" aplicada a los Testigos de Jehová no vulnera la normativa penal. El tribunal también ha desestimado la solicitud de disolución de la AEVTJ, entidad que denuncia presuntos abusos dentro de la confesión.
Detalles del litigio y de la sentencia
El conflicto surgió cuando la organización religiosa demandó a la AEVTJ por supuesta lesión del honor, exigiendo una indemnización de 25.000 euros y la eliminación de todos los contenidos que la calificaran de secta. El Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Torrejón de Ardoz, en 2023, había favorecido la libertad de expresión de la asociación. La Audiencia Provincial mantuvo esa postura, aunque reconoció una "intromisión ilegítima en el honor" que, sin embargo, queda amparada por la misma libertad de expresión.
"Algunos incluso buscan recuperar vínculos afectivos con familiares que siguen en la confesión", señala la sentencia al describir la motivación de los miembros de la AEVTJ.
Reconocimiento de la intromisión y su justificación
El tribunal consideró que las expresiones utilizadas por la asociación se basan en testimonios reales de exmiembros que relataron trastornos mentales, discriminación e incluso encubrimiento de delitos sexuales. Por ello, la estima que existe un evidente interés público en conocer el funcionamiento interno de una confesión con notorio arraigo desde 2006.




