El Reglamento General de Circulación, en su Artículo 90, obliga a estacionar en el lado derecho de la calzada, salvo en vías de sentido único. Desde el 27 de abril de 2026, los agentes pueden imponer multas que van de 100 € a 500 € a los conductores que infrinjan esta norma.

Multa por aparcar en sentido contrario: qué ocurre (normativa)

La normativa es clara: en vías de doble sentido el vehículo debe colocarse lo más cerca posible del borde derecho. Solo en calles de sentido único se permite aparcar en el lado izquierdo. Cuando un conductor estaciona en el carril contrario, incurre en una infracción que se tipifica como leve o grave según la peligrosidad de la situación.

En el caso más leve, la sanción es de 100 €, con posibilidad de reducción por pronto pago. Si la maniobra bloquea el carril contrario, obstaculiza la circulación o genera riesgo, la infracción se eleva a grave y la multa puede alcanzar 500 €.

Cómo se determina la gravedad y el importe de la multa (detalle)

Los agentes valoran tres criterios principales:

  1. Espacio libre: si el vehículo deja menos de tres metros de paso para otros usuarios, la sanción pasa a ser grave.
  2. : obstaculizar vados, entradas a viviendas o zonas reservadas a personas con movilidad reducida aumenta la gravedad.