La Audiencia Provincial de Madrid ha rebajado la multa impuesta a Alvise Pérez de 20.000 € a 10.000 € por un tuit de 2020 que acusaba a José Luis Ábalos de pertenecer a una "mafia". El fallo se dictó el 7 de mayo de 2024 y mantiene la indemnización por vulneración del honor, pero anula la indemnización por intromisión ilegítima en el derecho a la propia imagen. La decisión abre la puerta a un posible recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Resumen de la decisión judicial
La Audiencia Provincial confirmó la condena por daño al honor de Ábalos, estimando que el comentario carecía de base fáctica suficiente. Sin embargo, revocó la parte del fallo que obligaba a Pérez a indemnizar 10.000 € por intromisión en la propia imagen, al considerar que las fotografías se tomaron en un lugar público y tenían interés informativo. El total a pagar se reduce, por tanto, a 10.000 €.
Detalles del fallo y fundamentos legales
El tribunal argumentó que el tuit no se sustentó en hechos verificables y que Pérez no realizó ninguna comprobación razonable antes de publicarlo. Según la sentencia, "si los hechos denunciados y publicados hubieran sido ciertos, debería prevalecer la libertad de expresión", pero en este caso la falta de veracidad justifica la sanción por honor. En cuanto al derecho a la propia imagen, la Sala consideró que Ábalos, como funcionario público, estaba en un espacio abierto y que la difusión de las imágenes no constituía una vulneración ilegítima.





