La Junta de Andalucía ha aprobado sanciones de hasta 150.000 euros por el uso de detectores de metales en las playas de la comunidad, tras la publicación de la Ley 4/2026 de Patrimonio Cultural el pasado 24‑marzo‑2026.
Multas por detectores de metales en playas de Andalucía
La nueva normativa prohíbe cualquier empleo de detectores en la zona costera, salvo en actividades arqueológicas autorizadas. La prohibición se recoge en el artículo 103, que establece que "queda prohibido el empleo de detectores de metales u otros instrumentos que permitan la localización de vestigios arqueológicos, salvo para su uso en las actividades arqueológicas recogidas en el artículo 90".
Detalles de la normativa y de las sanciones
Las infracciones se clasifican en tres niveles. Las leves conllevan una multa de 10.000 euros; las graves pueden alcanzar 150.000 euros; y los casos de daño irreversible o destrucción del patrimonio pueden derivar en sanciones de hasta 1 millón de euros. Las multas se aplican a particulares y a empresas que comercialicen o alquilen equipos sin la autorización correspondiente.
Posibles consecuencias y seguimiento
Si durante la utilización de un detector se descubren vestigios arqueológicos, la actividad debe suspenderse de inmediato y notificarse a la Consejería de Cultura. La Junta creará un registro de incidencias y reforzará la vigilancia mediante patrullas costeras y drones. En caso de infracciones reiteradas, la autoridad podrá elevar la sanción al máximo permitido y, en casos extremos, iniciar procesos judiciales.





