Qué permite la deducción
Hacienda ha confirmado que los contribuyentes que adquirieron su vivienda habitual antes del 30‑jul‑2011 pueden aplicar una deducción del 15 % sobre una base máxima de 9.040 €. La medida es válida tanto en declaraciones individuales como conjuntas, y se traduce en una reducción directa de la cuota a pagar. Con este beneficio, cientos de miles de familias podrían ver una devolución importante en la declaración de 2026.
La deducción se reparte en 7,5 % estatal y 7,5 % autonómico, lo que permite que la ayuda provenga tanto del gobierno central como de la comunidad autónoma correspondiente. Si la base imponible total del contribuyente no supera los 30.000 €, el porcentaje aplicable puede incrementarse al 9 %, aumentando la cuantía recuperable. Esta condición favorece a los hogares con ingresos más modestos, que son los que más se benefician del estímulo fiscal.
Cálculo y requisitos adicionales
Para calcular la deducción, se parte de la base máxima de 9.040 €, se aplica el tipo correspondiente (7,5 % estatal + 7,5 % autonómico) y se resta el mínimo personal y familiar. El límite de ingresos es de 30.000 € para declaraciones individuales y 45.000 € para conjuntas; superar esos umbrales elimina el derecho a la bonificación. Además, la deducción solo se puede aplicar una vez por vivienda, aunque el contribuyente reúna varios supuestos (vivienda, familia, donaciones).





