Indemnización por ruptura de compromiso en España

El Código Civil contempla la posibilidad de que la persona que rompe unilateralmente un compromiso matrimonial tenga que responder económicamente por los gastos ya asumidos. La medida se conoce como indemnización de la frustración de los esponsales y está regulada en los artículos 42 y 43. Manuela Carmena, exalcaldesa de Madrid, confirmó en RTVE que existen sentencias recientes que aplican esta norma.

Esta indemnización cubre únicamente los gastos demostrables vinculados a la boda: reservas de locales, vestuario, luna de miel, servicios fotográficos y similares. No se contempla el daño moral ni el sufrimiento sentimental. La reclamación debe presentarse dentro del plazo de un año contado desde la cancelación del matrimonio, según lo establece el artículo 43.

Cómo funciona la indemnización de la frustración de los esponsales

Para iniciar la demanda, el afectado debe reunir facturas, contratos y cualquier documento que pruebe los desembolsos realizados. La acción judicial se interpone ante el juzgado de primera instancia del domicilio del demandado. El tribunal valorará la relación de causalidad entre la ruptura unilateral y los gastos presentados.

Los gastos indemnizables incluyen , el , los pagos anticipados de la y los honorarios de fotógrafos o videógrafos. No se admiten conceptos como regalos o gastos de invitados que no estén vinculados directamente al contrato de la boda. En caso de que la demanda sea estimada, el juez dictará una sentencia que obligará al demandado a devolver las cantidades probadas.