indulto García Ortiz
El Tribunal Supremo, a través de la Sala Penal, ha emitido un informe desfavorable a la solicitud de indulto presentada a favor de Álvaro García Ortiz. La decisión se adoptó tras la deliberación de la mayoría de los magistrados el pasado miércoles. El informe se basa en la sentencia firme que condenó al ex fiscal general por delito de revelación de datos reservados.
El tribunal subraya que la única pena pendiente es la inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado, que, según la Ley de Indulto, no puede ser suprimida mediante gracia. La medida de indulto solo puede afectar penas en ejecución, no delitos ya consumados ni sanciones de inhabilitación.
En su exposición, la Sala destaca la gravedad de los hechos y la repercusión institucional que supusieron. La revelación de información confidencial dañó la imagen del Ministerio Público y comprometió la confianza ciudadana en la administración de justicia.
El informe desfavorable se ha redactado por mayoría y será remitido a la presidenta del Tribunal Supremo para su envío al Ministerio de Justicia.
razones indulto
El escrito del Supremo argumenta que no existen razones de justicia, equidad o utilidad pública que justifiquen la concesión del indulto. Según el tribunal, la conducta del ex fiscal no se enmarca dentro de los supuestos que la normativa permite perdonar.





