El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Huesca, a través de su magistrada, desestimó el recurso interpuesto por el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) contra la providencia de 10 de abril que estableció un plazo de 56 semanas para la devolución de los frescos del Monasterio de Sijena.

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La resolución judicial confirma que la fase de ejecución no permite reabrir debates ya resueltos en la fase declarativa. La jueza subraya que la providencia es firme y que el objetivo es cumplirla sin que se convierta en una nueva discusión sobre aspectos ya juzgados.

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El museo alegó vulneración del derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes y la ausencia de una comisión de expertos que, según su posición, habría sido necesaria para validar la viabilidad técnica del desmontaje. Asimismo, reclamó la falta de un cronograma propuesto por el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena y la necesidad de conocer el lugar exacto del remontaje. La magistrada refutó estos argumentos, indicando que los peritajes ya fueron valorados en la fase declarativa y que la conformidad de las partes sobre una comisión no condiciona la ejecución. "No resulta admisible, por tanto, que en fase de ejecución se pretenda reabrir el debate propio del proceso declarativo", advirtió la jueza.

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