Resumen de la sentencia
La Audiencia de Alicante ha impuesto 3,5 años de prisión a un padre y a su hijo, propietarios de una inmobiliaria en Benidorm, por amañar la boda virtual de Guillermo, un jubilado de 90 años. El delito consistió en desviar 100.000 € de la cuenta bancaria del anciano. La madre de los condenados ha sido absuelta por falta de pruebas.
Cómo se ejecutó el fraude y por qué se consideró apropiación indebida
Durante el confinamiento, los acusados organizaron una boda por videoconferencia entre Guillermo y la madre del hijo, con el pretexto de formalizar una unión que facilitara el acceso a la banca electrónica del mayor. Tras el enlace, obtuvieron la clave de acceso y, en menos de una semana, transferieron 30.000 € y, después de que la víctima empezara a sospechar, los restantes 70.000 € a una cuenta del hijo.
La Audiencia ha calificado la conducta como apropiación indebida porque el dinero nunca se destinó a la compra de la parcela prometida. Los jueces constataron que los fondos salieron directamente de la cuenta de Guillermo y fueron usados para gastos personales de los acusados, sin que exista justificación contractual.





