Pasaporte obligatorio para perros y gatos
La UE ha establecido, con efecto a partir del 22 abril, la obligatoriedad del pasaporte europeo individual para cualquier perro o gato que se desplace entre los países miembros. La norma se incluye en la actualización del Reglamento (UE) 2016/429.
Requisitos del pasaporte y controles sanitarios
El documento debe contener el número de microchip, los datos del propietario, el historial de vacunación y la certificación del veterinario. Además, exige que la vacuna antirrábica se administre al menos 21 días antes del viaje, que el animal haya sido desparasitado recientemente, que tenga una edad mínima de 12 semanas y que un veterinario certifique su buen estado de salud.
La desparasitación debe realizarse dentro de los 30 días previos al desplazamiento y el certificado veterinario tiene una validez de 12 meses. Cada dato queda registrado en una base de datos accesible a las autoridades fronterizas.
Impacto y consecuencias para los propietarios
La medida pretende armonizar requisitos, evitar vacíos legales y combatir el tráfico ilegal de animales. En caso de incumplimiento, las autoridades pueden retener el animal, imponer cuarentena o aplicar multas de hasta 50 000 € en España.





