Ley de Propiedad Horizontal advierte sobre el uso nocturno de la lavadora

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) permite imponer multas de hasta 3.000 € a los propietarios que utilicen la lavadora en horario nocturno y molesten a sus vecinos. La sanción se basa en el artículo 7.2, que prohíbe actividades que perturben la convivencia en la comunidad.

Cómo y por qué surge el conflicto: precios de la luz y normas de ruido

En marzo el precio medio diario del mercado eléctrico se situó en 41,77 €/MWh. Según la comparadora Selectra, la franja más barata del día es entre las 15 y las 16 h, con 0,08 €/MWh, y la madrugada, a partir de las 00:00, con 0,085 €/MWh. Estos precios incentivan a los consumidores a programar sus lavadoras para la noche, cuando la factura resulta más baja.

Esta práctica genera molestias acústicas. La Ley 37/2003 del Ruido establece límites nocturnos de 25‑30 dB y faculta a los ayuntamientos a sancionar a quien los supere. Una lavadora típica emite entre 50 y 72 dB durante el centrifugado, superando con creces el umbral permitido. La normativa de la LPH complementa la ley del ruido y obliga al presidente de la comunidad a advertir al responsable antes de iniciar acciones judiciales.