Resumen de la sentencia
El Juzgado Contencioso‑Administrativo nº 8 de Barcelona ha anulado la resolución que declaraba "no apto" a un agente de los Mossos d'Esquadra en la promoción interna a cabo. La sentencia ordena a la Generalitat reconocer al agente como superado en la fase de oposición y aplicar los efectos retributivos y de categoría correspondientes. Además, la administración debe asumir las costas del proceso, con un máximo de 600 €.
Motivación insuficiente y errores en la valoración del test psicotécnico
El juez consideró que la Consellería de Interior no motivó suficientemente la exclusión del agente. En la resolución impugnada solo se indicaba que había obtenido un "nivel bajo" en dos competencias del test psicotécnico, sin describir los criterios de valoración ni explicar por qué esos criterios llevaban a la conclusión de "nivel bajo".
Según el magistrado, el expediente muestra que el tribunal calificador señaló como deficientes las habilidades sociales y comunicativas y la organización del trabajo. No se aportó ningún método objetivo para medir esas competencias, lo que vulnera la exigencia reforzada de motivación en procesos selectivos.
La prueba pericial practicada durante el juicio cambió la balanza. El perito, tras someter al agente a las mismas pruebas, constató que posee "habilidades destacadas" en los dos aspectos que la administración había considerado insuficientes. "Los resultados periciales demuestran que el agente supera con claridad los requisitos de habilidades sociales, comunicativas y de organización del trabajo", afirmó el perito.
Consecuencias inmediatas y posibles pasos futuros
Con la revocación del "no apto", la Generalitat está obligada a reconocer al agente la fase superada y a pagarle los efectos salariales y de categoría que correspondan. Asimismo, deberá cubrir las costas del proceso, limitadas a 600 €, según lo dispuesto en la sentencia.
El agente podrá presentarse a la siguiente fase del proceso de selección para el rango de cabo, tal y como establece la resolución judicial. La administración tiene un plazo para ejecutar la orden y, de no hacerlo, el agente podrá solicitar el cumplimiento forzoso mediante los cauces legales pertinentes.
Esta decisión sienta un precedente importante en la normativa de promoción interna de la policía catalana. Obliga a la Consellería de Interior a detallar con precisión los criterios de valoración en futuros procesos y a garantizar la transparencia de sus decisiones.
En caso de que la Generalitat impugne la sentencia, el recurso deberá presentarse dentro del plazo legal, aunque la decisión del juzgado ya ha generado efectos inmediatos en la situación del agente.
*Conclusión El fallo del Juzgado Contencioso‑Administrativo refuerza el derecho de los agentes a una motivación clara y a una valoración objetiva en los procesos de promoción. Para los Mossos d'Esquadra, la sentencia implica revisar sus procedimientos internos y asegurar que la selección se base en criterios transparentes y verificables. El agente afectado, ahora reconocido como superado, se prepara para la siguiente fase del concurso, mientras que la Generalitat deberá ajustar sus prácticas para evitar futuras anulaciones.
Temas relacionados
Corresponsal Política
Periodista política con más de 15 años de experiencia cubriendo el Congreso de los Diputados.
¿Te ha gustado este artículo?
Suscríbete a nuestro boletín y recibe las mejores noticias en tu correo cada día.





