Los padres que donen una vivienda a sus hijos en la Comunidad de Madrid podrán beneficiarse de una bonificación del 99 % en el Impuesto sobre Donaciones, siempre que se respeten los requisitos de residencia del donatario y la formalización en escritura pública.
Bonificación fiscal al donar una vivienda en Madrid
La normativa autonómica permite que la cuota íntegra del impuesto se reduzca al 1 % cuando la transmisión sea entre padres e hijos y la vivienda se encuentre en Madrid. No importa la residencia fiscal del donante; lo determinante es la ubicación del inmueble y el cumplimiento de los criterios de residencia del beneficiario. Por ejemplo, una vivienda con valor de referencia catastral de 100.000 € generaría una cuota de 400,72 € tras aplicar la bonificación, frente a los 40.072,37 € sin ella.
Requisitos y trámites para aplicar la bonificación
Residencia del donatario: haber residido en la Comunidad de Madrid al menos dos años y medio de los últimos cinco. No se exige una permanencia continua, basta con que la mayor parte del período se haya pasado en la región.
Formalización: la donación debe constar en escritura pública ante notario.
Plazo de presentación: el modelo debe presentarse en la Hacienda autonómica dentro de los siguientes a la firma de la escritura.
Donaciones en efectivo: si la transmisión es de dinero, la bonificación también es del 99 % siempre que el donatario cumpla el requisito de residencia y la donación se documente en escritura pública. Cuando el importe sea inferior a 10.000 €, no se exige escritura; si es menor de 1.000 €, no hay obligación de presentar el impuesto.
El procedimiento es sencillo: tras la firma notarial, el hijo o hija debe acudir a la oficina tributaria de la Comunidad de Madrid, presentar el modelo 651 y aportar la escritura. La autoliquidación se realiza por cada donante, aunque la bonificación se aplica al total recibido.
Contexto breve
Desde el 28 de octubre de 2022, la Comunidad de Madrid regula estas bonificaciones para fomentar la transmisión intergeneracional de viviendas y aliviar la carga fiscal de las familias. La medida se enmarca dentro de una política autonómica que también contempla reducciones del 25 % para hermanos y colaterales y del 100 % para donaciones en metálico de hasta 1.000 €.
Qué implica para los contribuyentes
Los beneficiarios pueden reducir significativamente el coste de la transmisión, lo que favorece la renovación del parque inmobiliario y la movilidad familiar. Sin embargo, es crucial respetar los plazos y la documentación exigida; de lo contrario, la bonificación se pierde y la cuota completa del impuesto será exigible.
Conclusión: la bonificación del 99 % representa una oportunidad fiscal importante para familias que deseen transferir viviendas dentro de la Comunidad de Madrid. Cumplir con los requisitos de residencia, formalizar la escritura y presentar el modelo 651 en el plazo establecido son pasos esenciales para aprovecharla.