Obligación de cambiar el domicilio fiscal del vehículo

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha vuelto a enfatizar que, cuando el titular de un vehículo se muda, tiene 15 días para comunicar el nuevo domicilio fiscal del coche o moto. El objetivo es que el Impuesto de Circulación continúe recaudándose en el municipio donde el vehículo está registrado al 1 de enero del año en curso. No hacerlo puede derivar en sanciones y en la pérdida del derecho a circular sin el impuesto al día.

Cómo y dónde realizar el cambio de domicilio fiscal

El trámite puede efectuarse de dos formas:

  1. En ayuntamientos con convenio DGT: basta acudir al registro de vehículos del ayuntamiento y presentar la documentación requerida.
  2. A través de la sede electrónica de la DGT: el proceso se realiza online, mediante certificado digital o Cl@ve PIN.

En ambos casos se exige:

  • DNI del titular.
  • Certificado de empadronamiento o tarjeta censal que acredite el nuevo domicilio.
  • En caso de modificar otros datos (por ejemplo, cambio de titular o de características del vehículo) será necesario obtener un nuevo permiso de circulación.