División de la herencia en tres tercios según Alberto Sánchez (herencia testamento)

Alberto Sánchez, abogado especializado en derecho sucesorio, detalla que cualquier testamento obliga a repartir la masa hereditaria en tres partes iguales. El primer tercio corresponde a la legítima, destinado obligatoriamente a los hijos y descendientes. El segundo tercio es la mejora, que también se asigna a los mismos herederos pero permite una distribución desigual. El último tercio, la libre disposición, puede concederse a cualquier persona u organización, sin restricciones legales.

Detalles de la legítima, mejora y libre disposición (distribución herencia)

La legítima constituye un derecho irrenunciable de los descendientes. Cada hijo recibe una parte idéntica del tercio asignado, sin que el testador pueda modificar la cuota. La mejora mantiene el mismo grupo de beneficiarios, pero el testador tiene libertad para favorecer a uno de ellos, incluso destinando todo el tercio a un único hijo. Por último, la libre disposición es la porción que el testador puede legar a quien estime conveniente: familiares, amigos o entidades benéficas. "Se lo puedes dejar a tus hijos, a un hermano o a cualquier organización", afirma Sánchez.

Es importante recordar que estas reglas se aplican bajo el derecho común español. Las comunidades autónomas con derecho foral, como el País Vasco o Navarra, pueden establecer criterios diferentes, tanto en la cuantía de los tercios como en la forma de cálculo de la carga fiscal. Por ello, Sánchez aconseja consultar la normativa específica de cada región antes de firmar el documento.

Además, la planificación sucesoria influye directamente en la carga tributaria. Un testamento bien estructurado puede reducir significativamente el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, evitando que la herencia se vea mermada por cuotas excesivas. En este sentido, la información disponible en la página de la Agencia Tributaria y la guía de la Rechazo del Real Decreto‑ley 8/2026 sobre alquileres en el Congreso resultan útiles para entender el impacto fiscal de la transmisión patrimonial.

En conclusión, conocer la estructura de los tres tercios y sus particularidades permite a los testadores distribuir su patrimonio de forma clara y legal, evitando conflictos familiares y sorpresas en la liquidación de impuestos. La recomendación de Sánchez es elaborar el testamento una vez que se posee un patrimonio consolidado y, sobre todo, contar con asesoramiento jurídico actualizado para adaptar la disposición a la normativa vigente.

Nines Díaz
Nines Díaz

Editor de Economía

Economista y periodista especializado en mercados financieros y política monetaria europea.

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