Jubilación anticipada a los 61 años: requisitos y limitaciones

La Seguridad Social ha confirmado que la jubilación anticipada involuntaria permite a algunos trabajadores retirarse a los 61 años siempre que cumplan tres condiciones esenciales. Se exige un mínimo de 33 años cotizados, un despido o cese no voluntario y que la edad ordinaria de jubilación del afiliado sea 65 años. Quienes tengan una edad ordinaria superior a 65 sólo pueden adelantar su pensión hasta los 62‑63 años, nunca a los 61.

Detalles de la normativa y cálculo de la pensión

Los tres requisitos básicos son: (1) haber acumulado al menos 33 años de cotización, (2) encontrarse en situación de cese no voluntario y (3) que la edad ordinaria de jubilación sea 65 años (largo recorrido) o más de 66 años (resto). La normativa permite adelantar la pensión hasta cuatro años respecto a la edad ordinaria, pero el recorte se aplica mediante coeficientes reductores mensuales. Cada mes de adelanto reduce la cuantía final entre 1,5 % y 2 %, lo que puede suponer una disminución significativa del importe mensual.

Un ejemplo práctico ayuda a entender el impacto: un trabajador con 33 años cotizados que pierde su empleo a los 60 años deberá esperar a cumplir la edad mínima que le corresponde. Si su edad ordinaria es 65, podrá jubilarse a los 61, pero su pensión se reducirá aproximadamente un 8 % por los 48 meses de adelanto. Si su edad ordinaria supera los 66, el primer momento posible será a los 62‑63 años, con una reducción proporcionalmente menor.

Contexto del sistema de jubilación en España

El esquema español establece una edad ordinaria de jubilación que varía según la duración de la carrera contributiva: 65 años para quienes hayan cotizado 38 años y más de 66 años para el resto. La jubilación anticipada involuntaria se inscribe dentro de este marco como una excepción destinada a proteger a los trabajadores despedidos. No se trata de una medida de ahorro, sino de un mecanismo de protección social que, sin embargo, conlleva una penalización económica.

Esta opción cobra relevancia en un mercado laboral que sigue generando empleo, como demuestran los últimos datos de la Seguridad Social: en abril se crearon 224 000 puestos y el número de afiliados superó los 22 millones (España crea 224 000 empleos en abril y supera los 22 millones de afiliados). Sin embargo, la precariedad y los despidos siguen afectando a miles de trabajadores que podrían considerar esta vía.

En regiones como Cataluña, que ha superado a Madrid como principal empleador (Catalunya supera a Madrid como principal empleador en España), la presión sobre los seguros sociales aumenta, haciendo que la correcta comprensión de la normativa sea crucial para evitar sorpresas en la liquidación de la pensión.

*Conclusión

La posibilidad de jubilarse a los 61 años existe, pero está condicionada a un perfil muy concreto de cotización y a la naturaleza del cese laboral. Los trabajadores deben evaluar el recorte de su pensión y comparar la ventaja de retirarse antes con la pérdida económica a largo plazo. Un buen asesoramiento y una planificación anticipada son esenciales para decidir si la jubilación anticipada involuntaria se ajusta a sus necesidades financieras y personales.

Nines Díaz
Nines Díaz

Editor de Economía

Economista y periodista especializado en mercados financieros y política monetaria europea.

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