Aprobación de la reforma

El Gobierno, bajo la dirección de la ministra de Derechos Sociales, Ione Rego, aprobó este martes la reforma de la Ley de Infancia. La norma introduce, entre otras cosas, la consideración del síndrome de alienación parental en los procesos de custodia. La medida ya está en vigor y genera un intenso debate.

La reforma fue votada en el Consejo de Ministros con mayoría simple y publicada en el Boletín Oficial del Estado a las 12:00 del mismo día. Los partidos que integran la coalición respaldaron la iniciativa como una mejora de la protección infantil.

Entre las novedades, se refuerzan los derechos de protección integral, se amplían los criterios de evaluación del entorno familiar y se incorpora la referencia al síndrome de alienación parental como factor a considerar en la determinación de la custodia.

A partir del 1 de junio, los juzgados deberán aplicar los nuevos criterios al resolver conflictos de guarda.

Puntos controvertidos

La inclusión del síndrome ha sido catalogada por varios juristas como una medida sin fundamento científico. Consideran que la normativa se basa en supuestos no verificados por la comunidad psicológica.

El texto señala que, cuando se detecte el síndrome, la autoridad competente debe proteger al progenitor supuestamente alienado, lo que en la práctica se traduce en una presunción a favor de la madre.