Compra y alquiler de viviendas con antecedentes delictivos
En España la compra y el alquiler de inmuebles donde ocurrió un delito no están prohibidos. No existe una normativa que impida la transmisión del bien aunque su pasado sea violento o haya sido escenario de un asesinato.
El historial del inmueble, sin embargo, suele influir en la decisión del comprador y en el valor de mercado. Las llamadas viviendas estigmatizadas pueden experimentar una caída de precio entre 15 % y 50 %, y su venta suele prolongarse más que la de propiedades sin ese antecedente. Para consultar casos concretos, visite Viviendas con historial criminal: compra y alquiler sin prohibición legal.
Obligaciones y riesgos legales para vendedor, propietario e inquilino
El vendedor que oculte el historial del inmueble incurre en engaño según el art. 1265 del Código Civil. Si el comprador prueba que la información errónea influyó en su voluntad, el contrato puede ser anulado o el vendedor obligado a indemnizar.
El propietario, una vez que la vivienda se alquila, sigue siendo responsable de garantizar la habitabilidad. Debe reparar daños estructurales derivados del delito y mantener la seguridad básica. No puede eximir su responsabilidad alegando el pasado del inmueble.





