Qué exige la nueva normativa para terrazas de bares

El VI Acuerdo Laboral de Hostelería, firmado en abril de 2026, establece que, a partir de la publicación de una alerta de calor extremo por parte de AEMET, los establecimientos de hostelería deben suspender el servicio en sus terrazas exteriores. La obligación se extiende a toda la comunidad autónoma y se aplica sin excepción a bares, cafeterías y restaurantes que cuenten con espacio al aire libre. La medida persigue proteger la salud de los trabajadores frente a temperaturas que superan los 44 °C y que, según datos de la agencia meteorológica, se volverán habituales durante el verano de 2026.

Quienes incumplan la norma pueden ser sancionados con multas de hasta 50.000 €, según la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La sanción se eleva cuando la infracción se produce bajo una alerta roja, es decir, cuando la temperatura supera los 40 °C y se pronostica una permanencia prolongada del calor. La normativa también contempla la posibilidad de cerrar el local de forma temporal si la autoridad detecta deficiencias graves en los sistemas de protección térmica.

Cómo deben adaptarse los establecimientos: protocolos y soluciones obligatorias

Para mantener la terraza abierta, los dueños deben instalar sistemas que mitiguen el impacto del calor. Entre las opciones aceptadas están los , las y los que reducen la temperatura ambiente en varios grados. Cada solución debe estar conectada a un que reciba en tiempo real las notificaciones de AEMET.