Detalles del caso y fundamentos de la sentencia
Una turista británica pasó una semana en el hotel cinco estrellas de Corvara, en los Dolomitas, durante la Navidad de 2019. Al pedir agua del grifo en varias cenas, el establecimiento le sirvió botellas de agua mineral a 7 € cada una y se negó a proporcionarle el grifo, aun cuando la cliente ofreció pagar por el servicio. La mujer interpuso una demanda alegando que el agua es un derecho humano y que la falta de suministro constituía una vulneración de los servicios básicos del hotel.
Los tribunales de primera y segunda instancia desestimaron la demanda, y la cuestión llegó ante la Corte de Casación, el máximo órgano judicial italiano. En su fallo, la Corte confirmó que no existe ninguna norma italiana que obligue a restaurantes o hoteles a servir agua del grifo a sus clientes. Los magistrados señalaron que el cliente tiene la libertad de rechazar el agua embotellada y de abastecerse por su cuenta si desea consumir agua del grifo.
El abogado del hotel, Silvio Belardi, explicó que la sentencia reconoce la autonomía del establecimiento para decidir su política de servicio, añadiendo que muchos locales prefieren el agua embotellada para evitar dudas sobre la calidad del suministro público. La Corte también concluyó que el hotel había cumplido con las condiciones del paquete turístico contratado, por lo que no había base jurídica para conceder indemnización alguna.





