España incumple el plazo de la UE para eliminar el secreto salarial
El 7 de junio se cerró el plazo fijado por Bruselas para que los Estados miembros incorporen la directiva de transparencia retributiva en su legislación nacional. España sigue sin presentar al Parlamento una propuesta formal, pese a que el Ministerio de Trabajo dio el primer paso en abril. La inacción coloca al país bajo la amenaza de multas millonarias por parte de la Comisión Europea.
Impacto y requisitos de la nueva normativa salarial
La directiva obliga a las empresas con 50 o más empleados a publicar en sus ofertas de empleo la banda salarial del puesto y a prohibir cualquier pregunta sobre el historial salarial del candidato. Además, esas compañías deben justificar por escrito cualquier diferencia salarial entre hombres y mujeres. En organizaciones de más de 100 trabajadores, la obligación de reportar datos salariales se implementará de forma gradual: las de más de 150 empleados empezarán a informar en junio de 2027, mientras que las de entre 100 y 149 trabajadores lo harán a partir de junio de 2031. Los datos deben presentarse anualmente para empresas de 250 o más empleados y cada tres años para las de 100 a 249.
Empresas de cualquier tamaño deberán poner a disposición de su plantilla los criterios que determinan los sueldos, y si el análisis muestra una brecha salarial de o superior entre géneros sin justificación objetiva, estarán obligadas a realizar auditorías y a tomar medidas correctivas. La normativa, por tanto, supone un cambio radical respecto a la legislación española actual, que ya exige un registro salarial desglosado por sexo pero no impone la publicación de bandas salariales en los procesos de selección.





