Electricas y la prohibición de llamadas spam: la CNMC alerta
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha constatado que algunas comercializadoras eléctricas obtienen el supuesto consentimiento para llamadas comerciales mediante aplicaciones, sorteos o casillas en formularios de terceros, vulnerando la norma de febrero que prohíbe el spam telefónico.
Según el regulador, el cliente suele aceptar cláusulas que autorizan a la eléctrica a contactar por teléfono sin ser plenamente consciente de que está dando su autorización, lo que convierte la práctica en una trampa legal.
Cómo se consigue el consentimiento indirecto
Las compañías utilizan tres mecanismos principales: el registro en una app o plataforma digital, la participación en un sorteo o promoción, y la marcación de una casilla para acceder a un servicio o incentivo. En cada caso, el formulario incluye texto que reproduce literalmente la fórmula legal requerida – "petición expresa, inequívoca e informada" – para aparentar un consentimiento válido.
En la práctica, el consumidor introduce su número de teléfono para obtener el beneficio ofrecido, sin saber que esa acción autoriza a la eléctrica a realizar ofertas comerciales por teléfono. En muchos casos la casilla está pre‑marcada o vinculada a la obtención de un descuento, lo que elimina la voluntad libre del cliente.





