Baja laboral: actividades prohibidas para seguir cobrando la prestación

La Seguridad Social ha publicado hoy una guía que enumera las conductas que pueden impedir el cobro del subsidio durante la incapacidad temporal. Entre las prohibiciones destacan cualquier actividad laboral remunerada, la realización de trabajos por cuenta propia o ajena y la participación en actividades que generen ingresos, aunque sean esporádicas. Asimismo, está vedado asistir a jornadas formativas o eventos que impliquen una reanudación de la jornada laboral, ya que se consideran indicios de capacidad para trabajar.

El incumplimiento de estas normas permite a la entidad sanitaria denegar, anular o suspender la prestación sin necesidad de previo aviso. La medida se aplica de forma inmediata cuando el beneficiario es detectado realizando una actividad prohibida, y el importe del subsidio se detiene a partir del día siguiente a la infracción.

Una de las causas más habituales de suspensión es la falta de asistencia a la revisión médica obligatoria. En estos casos, la Seguridad Social corta el pago y el trabajador pierde el derecho al subsidio hasta que regularice su situación, como explica el artículo Suspensión de la baja médica por no acudir a la revisión.