Sharenting horizontal: la imagen de menores circula sin permiso de los padres

Padres que evitan publicar fotos de sus hijos descubren que, a través de los móviles de sus compañeros, las imágenes aparecen en Instagram, TikTok o grupos de WhatsApp. En 2025, 67,9 % de los menores de 10‑15 años usaba móvil y el 93,9 % a los 15 años, según el INE. El mismo año, el 92,5 % de los adolescentes estaba registrado en al menos una red social (Red.es‑UNICEF).

Este fenómeno, llamado sharenting horizontal, genera un conflicto: la foto de un menor se difunde sin el consentimiento de sus padres, vulnerando derechos constitucionales y obligando a la familia a reaccionar. Como señala la Audiencia Provincial de Madrid, "el consentimiento conjunto de ambos progenitores es indispensable para publicar imágenes de menores".

Los menores son titulares de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen, garantizados por el artículo 18 de la Constitución Española. A nivel internacional, el artículo 16 de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Observación General n.º 25 del Comité de Derechos del Niño extienden esos derechos al entorno digital.