DGT prohíbe el adelantamiento de camiones >7.500 kg a partir de 2026

La Dirección General de Tráfico ha aprobado una norma que prohibirá el adelantamiento a vehículos de más de 7.500 kg en determinados tramos y franjas horarias a partir del 1 de enero de 2026. La medida será de aplicación nacional, aunque inicialmente se focalizará en los corredores más congestionados.

Se aplicará en autopistas y autovías con alta densidad de tráfico, como la A‑3, A‑4 y la AP‑7, y será activada por paneles de mensaje variable y señalización temporal. Los conductores deberán estar atentos a los indicadores luminosos que prevalecerán sobre cualquier norma general.

Los turismos no podrán adelantar a camiones o conjuntos de vehículos pesados en los tramos afectados, aun cuando el camión mantenga velocidad constante. La prohibición será obligatoria mientras la señalización esté encendida.

El incumplimiento conllevará una sanción económica de 200 euros y la pérdida de puntos en el permiso, salvo que se acredite una excepción válida. Las multas se aplicarán de forma automática mediante los sistemas de detección de la DGT.

Existen excepciones para transportes de mercancías perecederas, vehículos de auxilio y servicios postales, que podrán adelantar bajo autorización específica. Estas excepciones estarán claramente indicadas en los paneles de mensaje variable.

Cómo y por qué se aplicará la medida