Resumen de la sanción

A partir de 2026, los ayuntamientos podrán imponer multas de hasta 3.000 € a los propietarios que instalen compresores de aire acondicionado en la fachada sin autorización. La medida se aplica en todo el municipio y entra en vigor tan pronto como la moratoria vigente finalice.

Los técnicos municipales pueden iniciar el expediente al observar el equipo desde la vía pública, sin necesidad de denuncia previa. La sanción incluye la obligación de retirar el aparato y pagar la multa correspondiente.

Obligaciones legales y ordenanzas municipales

El artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal obliga a obtener el permiso de la junta de propietarios antes de cualquier intervención en elementos comunes, como la fachada. Sin ese acuerdo, la instalación se considera una infracción al uso adecuado de los elementos comunes.

Las ordenanzas municipales prohíben aparatos visibles en la vía pública, sobre todo en zonas históricas, para preservar la estética urbana. La moratoria que permitía instalar sin cumplir la norma expira en 2026, dejando sin excusa a los infractores.

Consecuencias y pasos a seguir para los propietarios

Si la inspección municipal detecta un compresor sin autorización, el propietario recibirá un requerimiento para retirar el equipo y abonar la multa. En caso de desacuerdo, puede recurrir ante la junta de propietarios o presentar recurso ante el ayuntamiento.