El Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por la Xunta contra la decisión del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) de paralizar cautelarmente las obras del parque eólico Acibal, promovido por Amil Sen Eólicos. La decisión se basa en la falta de fundamentación suficiente y la ausencia de interés casacional objetivo.

El Conflicto por el Parque Eólico Acibal

La Xunta no logró justificar que el caso tenga relevancia general ni cumplió con los requisitos para ser revisado en casación. Por lo tanto, se mantiene la paralización de las obras y se imponen 1.000 euros en costas a la Xunta. El colectivo ecologista Adega había solicitado la paralización de las obras debido a la aparición de restos arqueológicos durante la construcción.

Restos Arqueológicos y Impacto Ambiental

El conflicto se originó con el descubrimiento de numerosos restos arqueológicos en el Monte Acibal, incluyendo petroglifos y otros elementos de alto valor patrimonial. Estos hallazgos no habían sido debidamente identificados ni evaluados durante la tramitación ambiental y patrimonial del proyecto. La Xunta ha perdido otra batalla en el Supremo para imponer el parque eólico discutido por vecinos y ecologistas.

Decisiones Judiciales y Costas

La sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Supremo emitió una providencia el 11 de marzo, en la que considera que la Xunta no justificó adecuadamente la relevancia del caso. La decisión del Supremo ratifica la paralización de las obras y supone un nuevo revés para la Xunta en su intento de impulsar el proyecto.