El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido archivar la causa contra la exconsejera de Cultura, Natàlia Garriga, por un presunto delito de desobediencia relacionado con los preparativos del referéndum del 1 de octubre de 2017. La decisión se basa en la aplicación de la Ley de amnistía, que contempla este tipo de delitos cometidos durante el proceso independentista.
La amnistía como fundamento de la decisión
La Sala Civil y Penal del TSJC ha considerado que las acciones atribuidas a Garriga se enmarcan dentro del contexto del 'procés' independentista y que, por lo tanto, están cubiertas por la Ley de amnistía. El tribunal ha reconocido los efectos de esta ley respecto a Garriga, lo que ha llevado al sobreseimiento libre y al archivo definitivo de la causa.
El contexto del caso
Garriga fue detenida en 2017, cuando era directora de servicios de Vicepresidencia y Economía, por su presunta participación en la preparación de un espacio para el referéndum del 1-O. Junto a otros altos cargos, fue procesada por malversación y desobediencia. Sin embargo, cuando fue nombrada consejera de Cultura en 2021, su causa pasó al TSJC, que redefinió los cargos y eliminó la malversación.
La aplicación de la ley de amnistía
El TSJC ha aplicado la Ley de amnistía a Garriga, lo que ha llevado al archivo de la causa. Esta decisión se produce después de que el Tribunal Constitucional inadmitiera la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el TSJC sobre su caso. La exconsejera se enfrentaba a una multa de 18.000 euros y a un año de inhabilitación.





