Durante la Semana Santa en Sevilla, los balcones se convierten en espacios privilegiados para ver pasar las cofradías. Sin embargo, para aquellos que deciden alquilarlos, Hacienda reclama su parte de los beneficios obtenidos. Los alquileres han alcanzado los 9.000 euros, pero ese ingreso extra debe declararse en la renta.

Obligación de declarar ingresos

La plataforma online TaxDown recuerda que todo el dinero obtenido por alquilar un balcón durante la Semana Santa debe incluirse en el IRPF. No se trata de una actividad 'puntual' o ajena al control fiscal: a efectos tributarios, ese dinero cuenta y tributa. La clave está en cómo se considera ese ingreso, que Hacienda califica como rendimiento del capital inmobiliario.

Cálculo del impuesto

El importe cobrado se suma al resto de ingresos del contribuyente y pasa a formar parte de la base imponible general del IRPF. En la práctica, esto se traduce en una idea sencilla: cuanto más gana una persona, mayor es el porcentaje que paga por ese ingreso. Los tramos del IRPF de 2025 muestran que el tipo total se mueve entre el 19% para las rentas más bajas y el 47% para las más altas.

Ejemplo práctico

Un ejemplo ayuda a verlo con claridad. Si un contribuyente tiene una base liquidable de 30.000 euros al año y durante la Semana Santa gana 3.000 euros alquilando su balcón, ese ingreso adicional tributará aproximadamente al 30%. Traducido a cifras: tendría que pagar unos 900 euros en impuestos por ese alquiler.