Supremo reduce penas en violación grupal de Pulpí (Almería)
El Tribunal Supremo ha rebajado la condena de 21 años a 13 años y medio para los tres procesados por la violación grupal ocurrida en mayo de 2022 en Pulpí, Almería. La resolución, dictada este lunes, convierte a los acusados en coautores de delito continuado y elimina la acumulación de penas por cada acto individual.
La sentencia parte de la premisa de que la sanción debe ser proporcional y no debe impedir la posibilidad de rehabilitación. Cada condenado, que había recibido inicialmente nueve años por agresión sexual agravada y seis por cooperar en los hechos, pasará ahora a cumplir 13 años y 6 meses de prisión.
Criterios del delito continuado y voto disidente
El alto tribunal ha definido cuándo procede la figura del delito continuado en agresiones sexuales grupales. Según la mayoría, se aplica cuando los actos no incluyen accesos carnales o cuando la agresión no se prolonga en el tiempo ni se caracteriza por una brutalidad intensificada. En esos supuestos, la pena se unifica y resulta menor que la suma de penas por delitos independientes.
Cuatro de los quince magistrados votaron en contra de la mayoría. Argumentan que cada acto de contenido sexual debería castigarse por separado, lo que habría llevado a penas superiores a los . El voto disidente advierte que la unificación de delitos debe ser la excepción y no la regla, para evitar que penas desproporcionadas se conviertan en norma.





