La normativa laboral española reconoce el autodespido, una figura que faculta al empleado a extinguir su contrato sin renunciar a sus derechos económicos. El trabajador que se acoge a esta vía recibe la indemnización correspondiente y puede tramitar la prestación por desempleo.

Esta posibilidad resulta crucial para quienes se encuentran en entornos laborales insostenibles pero temen quedar sin cobertura social. Al ejercer el autodespido, el empleado conserva la seguridad del paro mientras se aleja de la situación conflictiva.

2. Supuestos legales para el autodespido y cálculo de la indemnización

La ley delimita tres supuestos en los que el autodespido está justificado: modificación sustancial de condiciones (horario, salario o jornada), movilidad geográfica impuesta y incumplimiento grave del empleador.

En el primer caso, cualquier cambio relevante que no cuente con el consentimiento del trabajador permite rescindir el contrato. La jurisprudencia ha confirmado esta aplicación, como se observó en el caso de la TAP condenada a indemnizar 800 € por daño moral.

La movilidad geográfica se considera abusiva cuando la empresa traslada al empleado a otro centro sin justificación objetiva. En esas circunstancias, el trabajador puede optar por el autodespido y percibir la misma indemnización que en el supuesto anterior.

El incumplimiento grave engloba situaciones como retrasos o falta de pago, ausencia de alta en la Seguridad Social, acoso laboral o sobrecarga de funciones. Cada una de estas conductas vulnera derechos básicos y habilita la extinción del contrato con indemnización.

La indemnización se calcula a 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. Este cálculo se aplica de forma uniforme a los tres supuestos, garantizando una compensación equitativa.

3. Implicaciones para el trabajador y próximos pasos

El empleado debe comunicar por escrito su decisión de autodespedirse, detallando el motivo que encuadra en los supuestos legales. La notificación debe enviarse al empleador y, preferiblemente, al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Una vez aceptada la rescisión, el trabajador solicita la indemnización a la empresa. Si la empresa se niega, el caso puede elevarse a la jurisdicción social, donde los tribunales valorarán la procedencia del autodespido.

Con la indemnización en mano, el ex‑empleado inicia el trámite de la prestación por desempleo en el SEPE. La solicitud debe presentarse dentro de los 15 días siguientes a la finalización del contrato para evitar interrupciones en el cobro.

No todos los conflictos laborales habilitan el autodespido; la carga de la prueba recae sobre el trabajador. Por ello, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado laboralista antes de iniciar el proceso.

Como ha señalado la Audiencia Nacional en decisiones previas, la correcta aplicación de la normativa evita litigios prolongados (Audiencia Nacional cierra la puerta a indemnizaciones por la disolución del Banco Popular)).

En resumen, el autodespido ofrece una salida legal para quienes enfrentan cambios contractuales abusivos o incumplimientos graves, garantizando indemnización y acceso al paro. Con la documentación adecuada y el apoyo jurídico, el trabajador puede proteger su estabilidad económica.

Nines Díaz
Nines Díaz

Editor de Economía

Economista y periodista especializado en mercados financieros y política monetaria europea.

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