Sentencia de la Audiencia Nacional
La Sala de lo Contencioso‑Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado la sanción impuesta por la Agencia Tributaria a James Rodríguez y ha ordenado la devolución de más de 3 millones de euros. La resolución, dictada el 12 de abril de 2026, reconoce que el jugador no fue residente fiscal en España durante el ejercicio 2014, año en que fichó por el Real Madrid.
Detalles del fallo
El tribunal verificó que Rodríguez permaneció al menos 202 días en el Principado de Mónaco entre julio de 2013 y julio de 2014, según un certificado policial aceptado como prueba válida. La defensa, liderada por Manuel de Vicente Tutor, sostuvo que no existía vínculo económico ni personal con España antes del 22 de julio, fecha en que se anunció su fichaje por el club madrileño.
Hacienda había basado su sanción en los 4,3 millones de salario percibidos en España y en los 11 millones de derechos de imagen gestionados a través de la sociedad Kenalton Assets Ltd., descontando además los días de ausencia por el Mundial de Brasil y las concentraciones con la selección de Colombia. El tribunal desestimó estos argumentos, considerando que la mera percepción de ingresos en territorio español no basta para determinar la residencia fiscal si el contribuyente ha demostrado su domicilio principal en otro país.





