Sentencia del TSJC
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Contencioso‑Administrativo, Sección Cuarta, dictó sentencia que desestima las reclamaciones de 81.628,57 € y 59.280,24 € presentadas por dos mujeres de 80 y 81 años que alegaron lesiones tras caerse en la vía pública de Badalona.
Detalles de los casos
La primera demanda, de una anciana identificada como Ana, se originó el 5 de noviembre de 2017 en la calle Mossèn Anton nº 9, donde sufrió una fractura del húmero derecho. Alegó que la caída se debió a irregularidades no señalizadas por obras en curso. La segunda, de Julia, ocurrió el 15 de junio de 2019 en la calle Navata nº 12, provocando una fractura diafisaria humeral derecha.
Falta de pruebas y nexo causal
El juzgado constató que no existen informes policiales, atestados de la Guardia Urbana ni registros de incidencias en la base de datos municipal que describan el estado del pavimento en los lugares indicados. El único testimonio presencial provino del hijo de Ana, pero fue contradicho por el informe médico del Hospital Germans Trias i Pujol, que indica que la caída ocurrió en su domicilio. "No está probado el lugar exacto y las circunstancias de la caída", señaló la sentencia.
Decisión judicial
Ante la ausencia de evidencia documental o testifical que vincule directamente el estado de la acera con las lesiones, el tribunal concluyó que no se puede establecer un nexo de causalidad entre la gestión del Ayuntamiento y los perjuicios sufridos. En el caso de Julia, la sentencia anuló la indemnización parcial de unos 40 000 € que había sido concedida en primera instancia.





