Ingreso Mínimo Vital compatible con trabajo: nueva normativa del 27‑marzo‑2026

El Real Decreto 240/2026 entró en vigor el 27 de marzo 2026 y modifica la compatibilidad del Ingreso Mínimo Vital (IMV) con rentas de trabajo. A partir de esa fecha, los beneficiarios pueden sumar ingresos laborales sin que la prestación se vea reducida, siempre que se respeten los límites establecidos.

Cómo funciona el importe exento y qué límites establece

La normativa define un importe exento que cubre el 100 % del incremento salarial hasta 6.000 €. Sobre la parte que supere ese umbral, se aplica un gravamen del 50 %. El cálculo parte del aumento de la renta laboral respecto al año anterior.

Ejemplo 1: una familia pasa de 6.500 € a 10.000 € anuales. El incremento es de 3.500 €, inferior a los 6.000 €; por tanto, la totalidad queda exenta y no afecta al IMV.

Ejemplo 2: otra familia incrementa sus ingresos de 8.000 € a 18.000 €. El aumento es de 10.000 €; los primeros 6.000 € se exentan al 100 % y los 4.000 € restantes se gravan al 50 %, lo que equivale a contabilizados para el cálculo del IMV. En la práctica, solo del total se consideran a efectos de la ayuda.