Resumen de la decisión judicial
La Audiencia Provincial de Girona ha dictado sentencia absolutoria contra un hombre de Blanes acusado de acosar sexualmente a cuatro menores, dos de ellas con discapacidad. El tribunal anuló la prueba principal, el contenido del teléfono móvil del acusado, por haber sido obtenida sin la autorización judicial adecuada. Con la evidencia declarada nula, la Fiscalía no pudo sostener la acusación y el juzgado dictó la absolución.
El fallo, emitido el 8 de mayo de 2024, pone fin a un proceso que iniciaba en 2018, cuando los Mossos d'Esquadra detuvieron al sospechoso tras la denuncia de la familia de la primera víctima. En aquel momento se le acusó de haber obtenido material pornográfico de los menores a través de Instagram y de haber intentado grabar vídeos sexuales con ellos.
Detalles del fallo y la nulidad de la prueba del móvil
El tribunal consideró que la autorización para registrar el móvil carecía de motivación suficiente. El juez de Blanes había emitido una providencia breve, sin explicar por qué era necesario acceder al contenido del dispositivo, vulnerando la doctrina del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional sobre el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. "El auto no motivó adecuadamente la medida, lo que constituye una violación de derechos fundamentales", señaló la magistrada ponente Antonia Godia.
Al no contar con una autorización motivada, la prueba quedó nula, pese a que su contenido podría haber sido ilustrativo. La Audiencia sostuvo que, sin esa prueba, el resto de indicios recogidos en otros dispositivos resultaba insuficiente para demostrar la autoría del acusado. En los discos duros y ordenadores incautados no se halló información relevante que permitiera sostener la acusación más allá de sospechas.
Posibles repercusiones y próximos pasos legales
La Fiscalía de Girona ha anunciado que estudiará la posibilidad de interponer recurso de apelación contra la absolución, argumentando que la nulidad de la prueba no debería impedir la valoración de los testimonios de las víctimas y de otros indicios. "Existen elementos que permiten inferir la comisión de los delitos, aunque la prueba principal haya sido excluida", afirmó el fiscal a los medios locales.
El caso ha despertado una fuerte reacción en la sociedad civil y entre organizaciones de defensa de menores, que temen que la decisión pueda sentar un precedente que dificulte la persecución de delitos sexuales cuando la obtención de pruebas digitales no cumpla con los requisitos formales. Se espera que el debate se extienda a los tribunales superiores, donde podrían revisarse los criterios de admisibilidad de pruebas obtenidas sin autorización judicial.
En el futuro, la Fiscalía podría solicitar al Tribunal Supremo que clarifique los límites entre la necesidad de proteger a las víctimas y el respeto a los derechos fundamentales del investigado. Mientras tanto, las familias de las víctimas han expresado su descontento con la decisión, señalando que la absolución deja sin justicia a los menores afectados.
Conclusión
La absolución del acusado de Blanes pone de relieve la tensión entre la lucha contra el abuso sexual de menores y el respeto al debido proceso. La nulidad de la prueba del móvil ha sido decisiva, pero la Fiscalía no descarta seguir adelante con recursos legales. El caso seguirá siendo observado de cerca por la opinión pública y por los operadores jurídicos, que deberán equilibrar la protección de los menores con la garantía de los derechos constitucionales.
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Corresponsal Política
Periodista política con más de 15 años de experiencia cubriendo el Congreso de los Diputados.
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