Herencias y tributación en el IRPF: la aclaración de David Jiménez

Los bienes recibidos por herencia no están sujetos al IRPF, afirma el abogado especializado en fiscalidad, David Jiménez. La única carga fiscal que corresponde es el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, una vez aceptada la herencia, cualquier rendimiento generado por esos bienes debe incluirse en la declaración del IRPF.

Detalles clave de la normativa y errores habituales

La normativa establece que la transmisión mortis causa tributa exclusivamente en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. El IRPF solo entra en juego cuando el heredero percibe ingresos derivados del bien heredado: alquileres, intereses, plusvalías por venta, etc. Jiménez señala tres errores frecuentes:

  1. Olvidar la última declaración del fallecido. Si los ingresos del difunto superaban el umbral, los herederos deben presentar la renta correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero y la fecha del fallecimiento.
  2. No declarar los inmuebles heredados porque no aparecen en el borrador de la Renta. La Agencia suele tardar en actualizar los datos, pero la obligación persiste.
  3. Confundir la fecha y el valor de adquisición. La fecha de adquisición es siempre la del fallecimiento, no la de la escritura. El valor de referencia usado en el Impuesto de Sucesiones sirve también como precio de adquisición en el IRPF; si supera el valor de mercado, el contribuyente puede impugnarlo.

Consecuencias y próximos pasos para los herederos

Los herederos deben presentar la última declaración de la renta del fallecido, respetando la fecha de fallecimiento como punto de corte. Es crucial registrar el valor de referencia como precio de adquisición para evitar discrepancias en futuras ventas o alquileres. Además, deben incluir en su propia declaración cualquier ingreso generado por los bienes heredados, como alquileres de la vivienda o dividendos de fondos.

Para evitar sanciones, Jiménez recomienda revisar detenidamente la información fiscal recibida, comparar el valor de referencia con el valor de mercado y, si procede, presentar la correspondiente impugnación. Asimismo, es aconsejable contar con el asesoramiento de un experto antes de realizar cualquier operación con los bienes heredados.

En caso de dudas sobre la gestión de hipotecas tras el fallecimiento, consulte nuestra guía sobre hipoteca tras fallecimiento del titular: herederos deben asumir y seguir pagando. También puede resultar útil la guía del Banco de España para invertir ahorros sin errores.

Nines Díaz
Nines Díaz

Editor de Economía

Economista y periodista especializado en mercados financieros y política monetaria europea.

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