Tribunal Supremo confirma mantenimiento del complemento por hijos a jubilados activos

El Tribunal Supremo ha dictaminado que la Seguridad Social no podrá recortar el complemento por hijos a los pensionistas que continúan trabajando. La sentencia, emitida esta semana, obliga a aplicar el complemento sobre el 100 % de la pensión, eliminando la práctica de calcularlo sobre la mitad de la prestación.

"El complemento no podrá reducirse aun cuando el pensionista siga trabajando", afirmó el magistrado ponente en la resolución.

Detalles de la normativa y la decisión judicial

El complemento se creó en 2016 para mujeres y se amplió en 2021 a hombres, con el objetivo de compensar la brecha de género provocada por el nacimiento o adopción de hijos. Según la Ley de Presupuestos Generales, la cuantía es de 36,9 € por hijo, con un máximo de 147,6 € mensuales cuando se tienen cuatro hijos o más.

Entre 2016 y 2021 la normativa establecía porcentajes sobre la pensión según el número de hijos: 5 % por dos hijos, 10 % por tres y 15 % por cuatro o más. La controversia surgió con los autónomos y trabajadores por cuenta propia que siguen en activo, pues recibían solo el de su pensión y la Seguridad Social aplicaba los porcentajes sobre esa mitad.