Jubilación a los 61 años: la nueva vía de la Seguridad Social
La Seguridad Social ha aprobado la posibilidad de acceder a la pensión a los 61 años para los trabajadores que hayan sido despedidos por causas objetivas y cumplan los requisitos legales. La medida, incluida en el artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social, entra en vigor a partir del 1 de julio de 2026.
Los casos de despido objetivo, como los analizados en Despido viernes: la Justicia confirma el derecho al fin de semana completo, son elegibles. Esta vía está dirigida a quienes pierden su empleo sin que sea por causa disciplinaria, como despidos colectivos, por razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. La normativa permite adelantar la jubilación hasta cuatro años antes de la edad ordinaria, que en 2026 se sitúa entre los 65 y 66,8 años según el número de años cotizados.
Requisitos y reducción de la pensión
Para solicitar la jubilación anticipada involuntaria es necesario haber cotizado al menos 33 años a lo largo de la vida laboral. Además, el solicitante debe estar inscrito como demandante de empleo durante, como mínimo, seis meses antes de presentar la solicitud. El despido debe haber sido calificado como objetivo; los despidos disciplinarios no habilitan la opción.





