En los últimos meses, los propietarios de pisos en comunidades de vecinos han recibido advertencias por el ruido de sus ventiladores, bajo el amparo del artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. La normativa permite iniciar denuncias cuando el ruido se considera una actividad molesta, insalubre o nociva para la finca.

Los casos se concentran en edificios de Madrid y Barcelona, donde las olas de calor han aumentado el uso de estos aparatos. La autoridad de la comunidad suele actuar tras una queja formal de un vecino que sufre la vibración nocturna.

Ventiladores y la Ley de Propiedad Horizontal: riesgo de denuncias vecinales

El artículo mencionado prohíbe cualquier actividad que cause molestias al resto de los propietarios, sin distinguir entre fuentes de ruido. Así, un ventilador que emita ruido continuo, con intensidad notable y que persista durante la noche, puede ser considerado una infracción susceptible de denuncia.

Aunque la ley no menciona expresamente los ventiladores, la jurisprudencia ha extendido su alcance a cualquier dispositivo que produzca vibraciones o sonidos que alteren la tranquilidad de la comunidad. "No puedo dormir con el zumbido cada noche", afirma una residente de un bloque de 12 plantas que ha presentado la queja.

Cómo se aplica la normativa y qué genera la molestia