Prohibir el ascensor a un vecino moroso: ¿es legal?
Una junta de propietarios de un edificio de ocho plantas votó el bloqueo del ascensor contra un vecino que acumula más de 5.000 € en cuotas impagadas. La decisión se tomó en la última reunión de la comunidad, celebrada el 5 de junio en la sede del edificio. La medida generó protestas entre los propietarios y la intervención de un abogado especializado en derecho de la vivienda.
La Ley de Propiedad Horizontal deja claro que la comunidad no puede impedir el uso del ascensor a un propietario por morosidad. El ascensor es considerado un elemento común esencial, y su acceso está ligado al derecho de propiedad de cada vecino.
Fundamento legal y límites de la medida
El artículo 396 del Código Civil incluye los ascensores entre los elementos comunes del edificio. En la Ley de Propiedad Horizontal, el artículo 9 establece que el derecho de uso de los elementos comunes corresponde a todos los propietarios, sin que la falta de pago pueda suspenderlo. Cualquier restricción debe ser no abusiva, proporcional y no afectar la habitabilidad.
Impedir el ascensor a un propietario que vive en una planta alta o que tiene movilidad reducida vulnera la habitabilidad del inmueble. La jurisprudencia, como la citada en el caso de la , muestra que sanciones pueden aplicarse cuando la comunidad actúa de forma desproporcionada.





