Obligación de declarar el IRPF tras el fallecimiento

Los herederos deben presentar la declaración del IRPF del fallecido siempre que el causante haya percibido ingresos sujetos, como varios pagadores, rentas de alquiler o venta de activos. La obligación se genera en el momento del fallecimiento y se gestiona con el modelo H100, acompañado del testamento y el certificado de últimas voluntades.

Cómo y por qué cumplir con la declaración del fallecido

El modelo H100 se presenta dentro del calendario habitual de la campaña de la Renta (abril‑junio). La declaración debe prorratear los ingresos hasta la fecha de la muerte, ya que el periodo impositivo finaliza ese día. No se permite la declaración conjunta; cada heredero actúa de forma individual. Si la devolución supera los 2.000 €, esa cantidad debe haberse integrado previamente en el Impuesto de Sucesiones, de lo contrario quedará bloqueada en la Hacienda.

"El proceso se vuelve más complejo cuando la devolución supera los 2.000 €, porque el importe debe estar incluido en la liquidación del Impuesto de Sucesiones", explica Aitor Fernández, experto fiscal de TaxDown.

Consecuencias de no presentar la declaración a tiempo

Ignorar este trámite puede acarrear una multa de hasta el 50 % de la cantidad a ingresar y un recargo del por mes de retraso. Además, la devolución quedará retenida indefinidamente, lo que supone una pérdida económica para la familia. La falta de cumplimiento también puede bloquear otras gestiones sucesorias, como la transmisión de bienes inmuebles o la cancelación de la Seguridad Social.