Hacienda autoriza un premio del 10 % por denunciar herencias sin herederos
La Dirección General de la Agencia Tributaria ha puesto en marcha el pago de un premio del 10 % del caudal líquido de toda herencia intestada que, tras la investigación, quede declarada vacante y sea adjudicada al Estado. La medida, prevista en el Reglamento General de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas, busca incentivar la detección de patrimonios sin herederos.
Cómo funciona el mecanismo y quiénes pueden cobrarlo
El procedimiento está regulado por el Real Decreto 1373/2009. Solo se concede el premio a quien aporte información útil que permita al Ministerio de Hacienda abrir y concluir el expediente de sucesión intestada. El denunciante debe estar libre de cualquier conflicto de interés: quedan excluidos funcionarios públicos, representantes legales del fallecido y personas con vínculo directo con el causante.
El pago se efectúa una vez que la herencia ha sido declarada vacante y el patrimonio líquido —bienes, cuentas bancarias, inmuebles— se incorpora al Tesoro. En ese momento, la Agencia Tributaria entrega al informante el 10 % del valor liquidado, sin que exista obligación de reembolso por parte del Estado.




