El Ministerio de Consumo ha informado a 13 inmobiliarias y fondos de inversión que deben prorrogar obligatoriamente los contratos de alquiler de sus inquilinos que expiren entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, siempre y cuando así lo soliciten. Estas empresas gestionan más de 100.000 viviendas de alquiler en España.

La carta, enviada por el director general de Consumo, informa a las empresas sobre la aprobación del real decreto ley de medidas urgentes en materia de alquiler en respuesta al impacto de la guerra en Oriente Próximo. El texto, aprobado el pasado 20 de marzo en el Consejo de Ministros, incluye dos iniciativas para reducir la tensión sobre los arrendamientos. Por un lado, congela los contratos a punto de vencer; por otro, establece topes del 2% a las actualizaciones anuales.

El documento explica cómo funciona la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. El inquilino podrá renovar de forma extraordinaria su contrato —sin subidas de precio— hasta un máximo de dos años adicionales, siempre que la finalización del contrato estuviese prevista entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. El ministerio defiende que la norma genera un nuevo derecho de renovación por dos años que, previa solicitud del inquilino, deberá ser aceptado obligatoriamente por el arrendador.

Las medidas afectan directamente a los arrendamientos de vivienda habitual, sector en el que operan las a las que el departamento dirigido por ha enviado la carta. Consumo ha solicitado a las entidades la máxima diligencia para asegurar la correcta aplicación de la norma, así como la adopción de los procedimientos internos necesarios para su cumplimiento inmediato.