Sentencia del Supremo

El Tribunal Supremo ha confirmado que EasyJet incumplió el convenio colectivo al publicar un escalafón con un código de 12 cifras en lugar de los datos identificativos de los empleados. La sentencia obliga a la aerolínea a corregir la publicación en su intranet y a permitir el acceso a cualquier persona con interés legítimo.

"La publicación con códigos no permite conocer la identidad de la persona, vulnerando el derecho a la información recogido en el convenio", señalaron los magistrados en el fallo.

Detalles del conflicto y la sentencia

En abril de 2024 la compañía subió a su intranet el escalafón sustituyendo nombres y apellidos por un código numérico de doce dígitos, dificultando la identificación de los tripulantes. La USO‑STA y el SITCPLA presentaron una demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional, alegando falta de cumplimiento del convenio.

La Audiencia Nacional desestimó la demanda por "falta de acción" al considerar que la empresa había publicado el listado un día antes del juicio. Sin embargo, el Supremo revaluó el caso y determinó que el conflicto persistía, pues la sustitución de datos personales por códigos sigue siendo una violación sustancial.

El Tribunal Supremo también analizó la cuestión de la excedencia voluntaria solicitada por un tripulante para trabajar en Air Europa, concluyendo que la negativa de la empresa no estaba justificada y reforzaba la necesidad de una publicación clara.