Inadmisión de la cuestión prejudicial

La Audiencia Provincial de Sevilla solicitó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que se pronunciara sobre la anulación, por parte del Tribunal Constitucional (TC), de condenas a una decena de imputados del caso ERE, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán. La Comisión Europea respondió pidiendo que el TJUE declare inadmisible la cuestión, argumentando que el tribunal europeo no tiene competencia para examinar el asunto.

Fundamentos de la inadmisión

Bruselas sostiene que la financiación cuestionada proviene del presupuesto de la comunidad autónoma de Andalucía y no del presupuesto de la Unión. Por ello, el artículo 325 del TFUE y la normativa derivada sobre intereses financieros de la UE no son aplicables. En sus alegaciones la Comisión afirma que el TJUE es «manifiestamente incompetente» para interpretar normas que no alcanzan el ámbito material de la legislación comunitaria.

Consecuencias y próximos pasos

Con la inadmisión, el proceso seguirá su curso en el plano nacional. La Audiencia de Sevilla deberá ejecutar la sentencia del TC sin recurrir al Tribunal europeo. La Comisión Europea, por su parte, mantendrá la vigilancia para que la normativa comunitaria no se vea vulnerada en futuros casos de financiación irregular.