Un tribunal laboral de Madrid ha declarado improcedente el despido de un operario que, por accidente, envió un audio insultante a un grupo corporativo de WhatsApp. La resolución obliga a la empresa a readmitir al trabajador o a indemnizarle, y sienta un precedente sobre la valoración de la intención en sanciones disciplinarias.
Despido improcedente por mensaje de WhatsApp enviado por error
El empleado, que llevaba más de veinte años en la compañía, utilizó el teléfono de empresa para comunicarse con un compañero. Al intentar enviar el audio a una conversación privada, pulsó por error el botón de envío del grupo de trabajo, donde el mensaje contenía críticas duras a una compañera. La empresa, al percibir el contenido, procedió de inmediato a comunicarle el despido disciplinario.
El tribunal, sin embargo, consideró que el despido no estaba justificado porque el trabajador no mostró ánimo de injuriar ni buscó dañar la convivencia interna. El audio, aunque ofensivo, se había difundido sin intención deliberada y no estaba dirigido al público del grupo.
Detalles del caso y fundamentos legales
Según el abogado laboralista Ignacio de la Calzada, la clave del fallo radica en la ausencia de intención directa de ofender. "No te pueden despedir si mandas por error un mensaje insultando a tu jefe o a un compañero", afirmó el letrado. El tribunal aplicó la jurisprudencia que exige demostrar un daño concreto a la dignidad del trabajador o a la imagen de la empresa para validar una medida tan drástica como el despido.





